Encargado o Responsable del tratamiento

Encargado o Responsable del tratamiento

Encargado o Responsable del tratamiento

Tras la aparición del Reglamento General de Protección de Datos en el año 2018, han aparecido dos figuras, las cuales, son de máxima importancia respecto al RGPD, estos son el Encargado de tratamiento y el Responsable de tratamiento. En este post las intentaremos explicar lo mejor posible, para que quede un poco más claro.

¿Qué son?

El responsable de tratamiento, será la persona física o jurídica, un servicio, un organismo o alguna entidad similar, la cual deberá informar de la finalidad del tratamiento y los medios elegidos para ello. También se deberá informar si estos datos serán tratados por algún tercero*.

El encargado del tratamiento, será la persona que tratará esos datos personales por cuenta del responsable, al igual que el responsable del tratamiento esta podrá ser una persona física o jurídica, un servicio, un organismo o una entidad similar.

Esta relación entre responsable y encargado se regulará a través de un contrato formalizado por escrito, en el cual, se describirán el objeto, la duración, la naturaleza y la finalidad del tratamiento.

*NOTA: Un tercero es una persona física o jurídica, publica o privada, o un órgano administrativo que trata datos personales por cuenta del responsable del tratamiento, es decir, si una empresa cede datos de trabajadores a una gestoría para que ésta elabore las respectivas nóminas, la gestoría sería el tercero de la empresa.

Qué podrán y no podrán hacer

El Responsable del tratamiento asignará el encargado unas directrices y medios a emplear. Además, asistirá el encargado para asegurar que las obligaciones en materia de protección de datos son cumplidas.

El encargado elegido por el responsable, deberá ofrecer las garantías suficientes para implantar las medidas técnicas y organizativas necesarias para que el tratamiento realizado se adapte a lo marcado por el RGPD.

Deberá haber una autorización expresa por parte del responsable del tratamiento para que el encargado del tratamiento subcontrate los servicios prestados por un Subencargado del tratamiento.



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