La App “Radar COVID” sancionada por la AEPD

Radar covid

La App “Radar COVID” sancionada por la AEPD

¿Qué es Radar COVID?

Radar COVID fue una aplicación lanzada a mediados de septiembre de 2020 la cual alertaba al usuario que había estado expuesto al virus, para ello debía de tener descargada la aplicación y la persona infectada también.

¿Tuvo éxito esta app?

Esta aplicación no tuvo éxito ninguno, debido a que solo se han producido 7 millones y medio de descargas y solamente detectó 64.031 positivos. Para poner en funcionamiento esta aplicación fueron necesarios más de 3 millones de euros, los cuales fueron repartidos en diferentes fines, siendo la publicidad y el mantenimiento lo que más se llevó (1,5 y 1,7 millones de euros respectivamente).

Qué ha sucedido exactamente.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) abrió contra la Dirección General de Salud Pública y al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital, una serie de procedimientos debido a una posible vulneración del Reglamento General de Protección de Datos, esto ha sido resultado de no compartir la información necesaria en los plazos estipulados.

Primera demanda

En la primera demanda interpuesta, se solicitaba a la AEPD que analizara si esta aplicación cumplía con los principios de licitud, lealtad, transparencia y responsabilidad proactiva, se descubrió que Radar COVID no había publicado la Evaluación de Impacto sobre la Protección de Datos. En referencia a esto, el Comité Europeo de Protección de Datos, compartió una serie de directrices para el correcto desarrollo e implementación de las aplicaciones de rastreo, entre las cuales existe una herramienta para la evaluación de impacto de las herramientas relativas a la protección de datos, con esto se buscaría limitar los riesgos ante posibles fallos de privacidad, según el abogado de Rights International Spain, el estudio no se hizo en el momento correcto.

Además, se han detectado irregularidades en relación a la publicación del código de aplicación, esto se debe a que, a pesar de que la aplicación se podía descargar desde junio, el código no fue publicado hasta pasada la primera semana de septiembre de 2020 y de una forma incompleta, a razón de esto no se sabe si se registró en la app algún problema que pudiera poner en riesgo los datos de los usuarios.

Desenlace

La AEPD ha informado de que el proceso sancionador puede durar hasta 9 meses. También informan que no supondrá una sanción económica, sino solamente un apercibimiento, esto solo sucede en el caso de las Entidades públicas, con relación al art. 77 de la Ley Orgánica.

Fuente



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