La UE marca unas pautas para la aplicación del ‘Derecho al Olvido’

La UE marca unas pautas para la aplicación del ‘Derecho al Olvido’

 

Hace unos meses, el Tribunal de Justicia Europeo dictaminó que cualquier ciudadano tiene derecho a la eliminación en los motores de búsqueda de enlaces que dirijan a información del pasado que carezca de relevancia o que resulte perjudicial para el afectado. Google puso en marcha una herramienta para facilitar la aplicación del denominado ‘derecho al olvido’, pero es el buscador el que decide qué enlaces elimina, por lo que la Unión Europea (UE) ha lanzado ahora una serie de pautas con las que pretende garantizar la protección de los internautas.

En concreto, el Consejo asesor del organismo europeo en esta materia ha publicado una guía de 25 criterios comunes a la hora de aplicar el ‘derecho al olvido’. En ella, piden a las compañías de motores de búsquedas que hagan públicos sus criterios de exclusión y que faciliten estadísticas detalladas y anónimas sobre los tipos de casos en los que han aceptado o rechazado las correspondientes solicitudes. De esta forma, consideran que ofrecerían una mayor transparencia a los usuarios.

Por otro lado, recuerda a estos servicios que se deben revisar las solicitudes una por una, de tal forma que se garantice el equilibrio entre los derechos de los usuarios y los intereses.

Además, les da a los buscadores un ‘tirón de orejas’ por no aplicar la exclusión a otros dominios además de los europeos, como son los ‘.com’ y les reprende por informar a los usuarios de que la lista de resultados puede no estar completa por haber aplicado el derecho europeo.

La guía también recuerda que la eliminación de los resultados de las búsquedas no implica que la página deba ser retirada de los índices del buscador ni de la fuente original y reitera que quedan excluidas de este derecho las formaciones que sean de interés para el público por su naturaleza o por afectar a una figura pública.

 

 

Fuente: El Boletín



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